AIE - Asociacion de Interpretes y Ejecutantes

AIE - Asociacion de Interpretes y Ejecutantes

Sobre AIE Costa Rica

La Asociación de Artistas Intérpretes y Ejecutantes Musicales de Costa Rica (AIE Costa Rica) nace el 13 de octubre del 2004. Deseosos de conformar una entidad que permitiera a dicho gremio musical defender y gestionar los derechos que le asisten por ley, un representativo grupo de intérpretes y ejecutantes decidió unir esfuerzos para iniciar esta labor. Es así como se constituyó esta asociación de gestión colectiva, regida por la Ley de Asociaciones y su reglamento, pero también, como se desprende de sus estatutos por la Ley Nº 6683.

Actualmente AIE Costa Rica ha orientado su labor a obtener la colaboración de otras entidades y organismos afines, para facilitar el cumplimiento de los objetivos propuestos. En tal sentido se han establecido nexos importantísimos con diversas entidades y organizaciones internacionales como la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)y AIE España, con el fin de gestionar efectivamente los derechos de sus asociados, pero también el de sus homólogos extranjeros.

Integrar al mayor número posible de asociados, suscribir contratos de reciprocidad, participar activamente en foros nacionales e internacionales sobre derechos de la propiedad intelectual y otros temas similares, gestionar el cobro del dinero debido por comunicación y radiodifusión de fonogramas, son algunas de las actividades que AIE Costa Rica debe llevar a cabo.

AIE Costa Rica considera que su actividad no debe limitarse unicamente a las labores de gestión colectiva. La asociación debe ser además, un pilar en la preservación y la divulgación del arte y la cultura musical costarricense. También jugará un papel importante en la busqueda de mejores condiciones de trabajo y el establecimiento de ciertas garantías sociales para los músicos profesionales en Costa Rica.

Obejtivos de AIE Costa Rica

AIE Costa Rica es una entidad privada sin fines de lucro, conformada como una entidad de gestión colectiva, que puede actuar administrativa, judicial y extrajudicialmente, en defensa de los derechos morales y patrimoniales de sus asociados.

La asociación tendrá los siguientes objetivos:

* Ejercer la plena representación de sus miembros asociados administrados y mandantes para los efectos de la gestión colectiva de los derechos de los artistas, intérpretes y ejecutantes musicales a través de la comunicación y ejecución pública…
* Realizar la gestión colectiva de los derechos intelectuales a que se refiere el inciso anterior…
* Administrar los derechos que le corresponden a sus asociados o los que por delegación , mandato o representación se le hayan conferido a sus asociados,
* Defender cualesquiera otros derechos de propiedad intelectual de ejercicio colectivo que en cualquier momento pudieran corresponder a los artistas, interpretes y ejecutantes, bien por su reconocimiento legal expreso… bien por la explotación o la utilización de sus actuaciones fijadas en cualquier soporte… cuya gestión corresponde a la entidad legal o contractualmente,
* Representar los intereses o derechos de sus asociados y miembros… la represtación podrá ser ejercida en el territorio nacional o en el extranjero.

Para lograr los objetivos propuestos, la asociación emplearé los siguientes medios:

* Contratar con los usuarios la concesión de licencias de uso de los derechos gestionados…
* Firmar pactos y contratos con entidades o personas del país o del extranjero para la defensa y administración de los derecho conexos en Costa Rica para el logro de sus objetivos. Por consiguiente la entidad estará legitimada para representar y defender los derechos e intereses confiados a su administración con la sola acreditación de los presentes estatutos…
* Distribuir los derechos conexos pertenecientes a los artistas, intérpretes y ejecutantes recaudados…
* Administrar dentro del territorio nacional los derechos derivados de la ejecución y comunicación pública que hayan sido suscritos a través de representación recíproca.

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interesante...

preguntas:

1. Que sucede con los q estamos asociados con ACAM? No son algunos de los propositos bastante similares?

2. Como se afilia uno?

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Miércoles 5 de Noviembre, @ Latino Rock Cafe, 8PM

Bandas: PNEUMA!!! + Adrenal + Sintagma + Antimateria
Cover: 2000 colones

Para afiliarse solo tiene que llenar el formulario, y haber participado en alguna grabacion (como musico, no tiene que ser el autor del tema)

La diferencia es que ACAM es derechos de AUTOR, y la AIE son los derechos conexos. Osea, en AIE pueden estar inscritos y recibir beneficios todos los que tocaron en esa grabacion.

En ACAM solo se beneficia el que escribio la cancion y todos los demas por fuera.

De paso, podes estar en las dos sin problema.

Estimados (as) asociados (as) de AIE Costa Rica:

Reciban un cordial saludo.

En la pasada Asamblea General Ordinaria, celebrada el 14 de julio, hicimos un Foro entre los asistentes para analizar la situación actual de los intérpretes y ejecutantes musicales costarricenses y generar ideas para elaborar un Plan de Trabajo que nos permita ir solucionando las situaciones adversas que enfrenta este sector cultural y productivo del país. Fue un momento muy provechoso.

Ahora bien, para AIE Costa Rica es muy importante conocer la opinión de todos sus asociados y lamentablemente, muchas de las personas que nos confirmaron su asistencia para ese día no pudieron hacerse presentes.

Por esta razón, queremos abrir un espacio, valiéndonos de esta vía electrónica, para que ustedes nos envíen sus opiniones.

Nos gustaría que ustedes nos contestaran las siguientes preguntas:

1. ¿Cuáles creen ustedes que son los factores más urgentes que a nivel general afecten al gremio de los intérpretes y ejecutantes musicales costarricenses? Enumere al menos tres problemáticas distintas.

2. ¿En qué áreas (paralelo a la gestión de los derechos de interpretación y ejecución) debería AIE Costa Rica trabajar de forma inmediata? ¿Cuáles de las problemáticas mencionadas arriba deberíamos tratar de resolver en primera instancia?

3. ¿Estaría usted dispuesto a integrar y trabajar en alguna comisión o proyecto específico?

Su opiniones son sumamente importantes para nosotros. Por favor envíennos sus comentarios a la dirección electrónica info@aiecostarica.com

Les solicitamos por favor que nos envíen sus opiniones antes del lunes 11 de agosto, ya que ese día se llevará a cabo la próxima reunión de Junta Directiva de AIE Costa Rica y necesitamos este material para elaborar el nuevo plan de trabajo de la asociación para el período 2008 - 2010.

Muchas gracias por su atención a la presente.

Saludos cordiales:

Denis Solera Mata
Director General
Asociación de Intérpretes y Ejecutantes Musicales de Costa Rica

Oficina: (506) 2240-4148
E-mail: denis.solera@aiecostarica.com
Apartado Postal: 903-2050 San Pedro
San José, Costa Rica

Yo la verdad nunca he entendio bien estas varas, como esta organización y ACAM. El asunto es que cuando me hablan en abogado ya quedo como si me estuvieran hablando en chino.

Pero bueno, una de las dudas que tengo es: si uno está inscrito en AIE por ejemplo, y surge alguna disputa legal, AIE se encarga de la defensa de uno? Osea, es su obligación la de defender los intereses del asociado, cubriéndo todos los gastos que eso pueda representar?

El asociado debe aportar económicamente a la defensa o de todo se encarga AIE? En todo caso, de donde salen los recursos económicos de AIE?

Para los que somos medio burros entendiéndo varas en contexto legal, son estas explicaciones con adecuación las que van a darnos la luz de si vale la pena o no asociarse.

Tuanis!

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www.myspace.com/introvision

Mae buenisimas las preguntas.

las diferencias:

ACAM recoge los derechos de autor del compositor.

AIE recoge la parte relacionada a los derechos de los interpretes y ejecutantes. (ya sea baterista, guitarrista, etc. Seria como todos los maes del grupo que no estan en los creditos como compositores).

Hay otra que recoge el dinero de FONOTICA, que es la de las disqueras.

ACAM tiene un porcentaje por ley.
AIE y FONOTICA comparten otro porcentaje.

De donde gana plata AIE?

AIE por ley puede ir a hoteles, restaurantes, etc y cobrar un porcentaje o un monto establecido por los derechos conexos. Osea que ud toco en X disco, ud lo declara, y un porcentaje le llegara a usted de ese dinero. Entre mas pegue su cancion o mas canciones tenga que suenen, mas dinero gana usted.

Del dinero total que se recolecta, se sacan porcentajes. Los porcentajes los decidimos todos en las reuniones de la AIE. Ahi se asigna un porcentaje justo para cosas como esa. Osea, cuando lo defienden no le van a cobrar nada a usted, usarian el abogado de ellos con fondos que tenemos designados todos (porque es de todos) justo para eso.

Lo que si es cierto es que yo tampoco entendia mucho hasta que empece a ir a todas las reuniones, y finalmente ya estoy entendiendo un monton de cosas. Hay gente que asiste a las reuniones que tienen demasiado tiempo y conocimiento que podrian compartir con los mas nuevos. Lo importante es aprovechar y aprender todos, porque la verdad vale la pena

Y como hace AIE para saber cuando pusieron X disco y el lugar???

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A Class Reggae & Ska

He ahi la pregunta mas importante para nosotros. Por ahora es por informes de Monitec.

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